108 Mensajes
PAGO AL EXTERIOR POR REEMBOLSO DE BOLETO AEREO Y HOSPEDAJE
Si una empresa le hace un reembolso a un consultor externo y le hace el pago al exterior por reembolo de boleto aereo y gastos de hospedaje, cual es el tratamiento fiscal?
Factura de gastos menores o comprobante de pago al exterior? y aplica retención del 27% de iSR?



Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27.9K Mensajes
hace 1 mes
Buenas tardes, Lucy. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, si el gasto ya fue pagado por el consultor y ahora se reembolsará a este el monto, la empresa no deberá facturar a los proveedores de servicios extranjeros con comprobantes para pagos al exterior ni con comprobantes para gastos menores, sino que corresponderá al consultor facturar el monto que le pagarán, correspondiendo también a este considerar los gastos incurridos en el exterior.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
7
0