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lunes, 28 de septiembre de 2026

PAGO AL ESPAÑA SIN RETENCION

Buenas tardes, equipo:

Podrían confirmarme, por favor, si es correcto no aplicar retención por pagos al exterior en el siguiente caso:

una empresa Dominicana contrata un servicio a una compañia en España, el cual se ejecutará integramente en ese pais,y corresponde a:

“Servicios integrales de organización y gestión de una concentración deportiva en España, incluyendo la planificación, coordinación logística, gestión operativa, alojamiento, manutención, transporte local, instalaciones deportivas y asistencia durante el desarrollo del programa.”

Considerando que tanto la prestación del servicio como las actividades asociadas se realizarán físicamente en España, quisiera confirmar:

  1. Si corresponde o no aplicar retención del Impuesto sobre la Renta por pago al exterior.
  2. En caso de que no corresponda efectuar la retención, cuál sería el fundamento fiscal para sustentar el tratamiento.
  3. ¿Qué documentación de respaldo deberíamos conservar para sustentar el tratamiento fiscal y contable ante la DGII?

Agradezco mucho sus comentarios y orientación.

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Buenas tardes. Gracias por contactarnos. 

 

 En atención a su consulta, le informamos que, para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, y debido al nivel de análisis que requiere esta consulta, así como a los diversos factores que se deberán considerar, es necesario que solicite una consulta técnica. 

 

Para conocer cómo efectuar una consulta técnica, le invitamos a consultar la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA1971 ¿Cómo puedo realizar una consulta técnica sobre leyes o impuestos en la DGII?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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