lunes, 8 de diciembre de 2025

Cerrado

Pago a persona fisica por elaboracion de canastas de navidad

Si una entidad le va a pagar a una persona fisica por servicios de elaboracion de canastas de navidad, la persona se encarga de comprar todos los materiales e insumos para elaborarlas, es decir, alimentos, bebidas y dulces de navidad.

LA pregunta es cuales impuestos y retenciones de aplican en este caso? que porcentaje de ISR se debe retener y aplica para ITBIS?

Gracias

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Solución oficial

Buenos días, Lucy. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que en el caso de un servicio de elaboración de canastas de navidad, prestado por una persona física a una persona jurídica bajo el régimen normal, esta última debe retener el 2% del monto facturado, correspondiente al Impuesto Sobre la Renta, y el 100% del ITBIS facturado, ya que la actividad no se encuentra exenta de este impuesto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.