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Operaciones positivas
Me gustaria solicitar su orientación respecto a una situación particular que estamos manejando en la declaración del mes de Octubre.
Hemos registrado un ingreso en el Anexo A (Operaciones Positivas) de la empresa que, sin embargo, no cuenta con el Número de Comprobante Fiscal (NCF) correspondiente ya que este no fue emitido en su momento.
La situación se complica dado que debemos adelantar el Impuesto de Retenciones por parte de nuestro cliente. Para que podamos aplicar y compensar correctamente dicha retención, es imperativo que el cliente pueda subir/registrar esta operación en su sistema, lo cual requiere la existencia de un comprobante fiscal.
Agradeceríamos nos puedan indicar el procedimiento formal que debemos seguir ante la DGII para:
Regularizar el registro de este ingreso en el Anexo A, justificando la ausencia del NCF.
Determinar la forma correcta en que el cliente debe reportar la operación y la retención asociada, considerando que el NCF no fue emitido.


Solución aceptada
Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 días
Buenas tardes, Damary. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que la misma debe ser tratada con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas. Le invitamos a comunicarse con ellos.
Si desea consultar el directorio de nuestras administraciones locales, puede hacerlo a través del siguiente enlace de nuestra página web: Listado de administraciones locales.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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