Perfil de Francis Arias

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sábado, 1 de noviembre de 2025

Cerrado

Omisiones de ITBIS 202405 al 2025093

Muy buen dia y bendiciones a todos, necesito saber como puedo solucionar esas omisiones en linea para poder estar al dia, ya que con la carga laboral y los asuntos cotidianos no he podido reportar a tiempo y resolver estas omisiones, muchas gracias de antemano.

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Solución oficial

Buenos días, Francis. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para presentar la declaración jurada de ITBIS a través de la Oficina Virtual, debe seguir estos pasos:

 
  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Declaraciones Juradas seleccione la opción Declaración Interactiva y escoja el formulario correspondiente a la Declaración Jurada de ITBIS (IT-1).
  3. Digite el Año y seleccione el Mes de la declaración y presione el botón Continuar.
  4. Le aparecerá en pantalla el formulario IT-1 y el o los anexos que debe presentar. Llene estos anexos con los valores correspondientes y presione el botón Enviar Documento.
  5. Complete el formulario IT-1 con la información requerida y pulse el botón Enviar Documento.
  6. Imprima su constancia.
Importante:
  • La declaración jurada de IBTIS debe ser presentada en el siguiente orden secuencial: Anexo A; Anexo IT-H (en caso de que pertenezca al sector hotelero) y formulario IT-1.

  • Las columnas Cantidad y Monto de las casillas 1 hasta la 7 del renglón Operaciones Reportadas en el 607/Libro de Ventas por tipo de NCF del Anexo A se autocompletarán con las informaciones remitidas en el Formato 607. Sin embargo, los contribuyentes obligados a remitir libros de venta, aquellos acogidos al Régimen Simplificado de Tributación (RST), los miembros de la Asociación Dominicana de Radiodifusoras (ADORA) y quienes hayan implementado facturación electrónica, deben completar este renglón manualmente.

  • Si la presentación del IT-1 es informativa y corresponde al periodo actual, debe realizarse por la opción Declaraciones en Cero. En caso de que la declaración corresponda a un periodo no vigente, basta con pulsar el botón Enviar Documento tanto en el Anexo A como en el formulario IT-1, utilizando la opción Declaración Interactiva.

  • Para presentar la Declaración Jurada de ITBIS se requiere que previamente haya enviado los formatos de envío de datos 606 y 607.

  • Esta declaración también puede ser presentada de manera presencial. Para estos fines debe dirigirse al área de caja de la Administración Local a la que pertenece con el formulario IT-1 (incluyendo los anexos siempre que aplique) para la digitación de la declaración en el sistema.

  • Puede modificar las informaciones remitidas en el Anexo A, siempre y cuando no haya enviado el formulario IT-1.

  • El impuesto que resulte a pagar en la presentación de la declaración debe ser saldado en esa misma fecha.

Tiempo de Respuesta: inmediato.

Costo:
Gratuito.

Quienes pueden presentar:
Personas físicas y jurídicas que realicen transferencias o importaciones de bienes gravados o presten servicios gravados o estén obligadas a actuar como agentes de retención.

Cuando presentar:
A más tardar el día 20 del mes siguiente al período declarado. No obstante, si la fecha límite de presentación y pago coincide con fines de semana o días feriados, se prorroga al próximo día laborable.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.

hace 1 mes

Buenos dias, para estar al dia debe ir haciendo las declaraciones mes por mes