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jueves, 21 de mayo de 2026

OMISION DE ITBIS PORQUE NO HUBO OPERACIONES

BUENOS DIAS, ME GUSTARIA QUE ME DIERAN ORIENTACION AL RESPECTO. SI EN EL JUNIO 2022 UNA PERSONA INGRESA AL REGIMEN ORDINARIO PERO DOS MESES DESPUES OPTA POR EL RST COMO PROFESIONAL LIBERAL Y ES ACOGIDO AL MISMO, QUE SUCEDE QUE ESA PERSONA ESTABA SOLICITANDO UNA CERTIFICACION PERO SALE QUE TIENE UNA OBLIGACION PENDIENTE, ES DECIR, QUE SE ENCUENTRA OMISO DEL ITBIS EN AGOSTO 2022, QUIZAS POR DESCONOCIMIENTO NO HIZO LA DECLARACION EN CERO EN SU DEBIDO MOMENTO NO TUVO OPERACIONES PERO AHORA QUIERE VER COMO PUEDE  CORREGIR ESA OMISION PORQUE EN LA OFINA VIRTUAL YA NO LE OFRECE LA OPCION DE HACER LA DECLARACION EN CERO PARA ESE AÑO QUE ESTA SALIENDO OMISO.  ME PODRIAN ORIENTAR DE CUALES SERIAN LOS PASOS A SEGUIR PARA CORREGIR ESA OMISION DEL ITBIS CUANDO CUANDO LAS OPERACIONES ESTABAN EN CERO Y SI ESA OMISION PODRIA TRAER CONSECUENCIAS COMO MULTAS, RECARGOS, ETC

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Solución oficial

Buenos días, Maria. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que el contribuyente deberá presentar la declaración en cero a través de la opción "Declaración Interactiva". Para estos fines, solo será necesario que abra el formulario y lo envíe sin colocar ningún dato.

 

Una vez presentada esta declaración, es posible que el sistema le active la obligación de presentar declaraciones de períodos en los que se encontraba bajo las ventajas del RST. No obstante, podrá solicitar que se eliminen las omisiones de esos otros períodos enviando el formulario FI-GERE-004 al correo electrónico: analistasrst@dgii.gov.do.

 

En caso de que la omisión permanezca, sí podría traer como consecuencia sanciones como la colocación de una multa. No obstante, para que esto suceda, primero se agotará un proceso de notificación en el que se le otorgaría la oportunidad de responder por la situación antes de que sea colocada la sanción. Aun así, no le recomendamos esperar a que esto ocurra para regularizar la situación.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.