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Obligaciones relacionadas de la ley Antilavado 155-17 y la La direccion General de Impuestos Internos
Sobre los sujetos obligados no financieros, ¿que obligaciones y reportes se deben cumplir y enviar a la Dirección General de Impuestos Internos? lo anterior atendiendo en el cumplimiento con la ley antilavado 155-17 su reglamento 408-17, asi como la norma 03-18
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 meses
Buenos días, Eva. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, los sujetos obligados no financieros deben remitir a la DGII durante los primeros quince (15) días hábiles posteriores a la finalización de cada trimestre, la siguiente información acumulada y tabulada:
a. Tipo de cliente, ya sea persona física o jurídica o PEPS. Dentro de los clientes constituidos como personas jurídicas, deben establecer las categorías de qué tipo de entidades se trata.
b. Nacionalidad y país de residencia.
Consideraciones Importantes:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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