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OBLIGACION PARA PERSONAS FISICAS NO REGISTRADAS EN DGII
Buenas tardes estimados señores DGII, tengo una inquietud con relacion a las personas fisicas que trabajan de manera independientes y nunca se ha registrado en DGII, pero que las empresas le pagan, hacen sus retenciones y las reportan con un NCF de proveedor informal: mi inquietud es si por ejemplo yo obtengo ingresos como comisionista en una empresa a travez de un contrato, pero no soy empleado de la misma, ni estoy registrado en DGII, esa empresa siempre me retiene el 10% de ISR y 100% de ITBIS, al final de año cuando cuando sumo lo recibido mis ingresos son superiores a los 800,000, tengo yo que hacer algun otro proceso con ustedes, cual? muchas gracias



Solución oficial
Vileysi Soto
502 Mensajes
hace 6 años
Con relación a tu inquietud te indicamos que, debes proceder a inscribirte en el Registro Nacional de Contribuyentes, esto es un deber de las y los contribuyentes de obtener un número que identifique sus actividades tributarias para así operar dentro del marco de la legalidad.
Así como también ser tomado en cuenta en el mercado local por empresas y demás contribuyentes que exigen facturación debidamente comprobadas fiscalmente.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Devorah Velazquez
2.6K Mensajes
hace 6 años
Si te fijas, al ser una actividad recurrente esa retención no correría como un impuesto único y definitivo, sino, como un anticipo.
¿Entiendes? Si tú me provees con ese servicio como comisionista, yo, como tu socio por decirlo así, no te tengo que dejar de usar como proveedor de ese servicio de comisionista. Yo, cumplo con lo que dice la norma 05-2019. Te hago tu comprobante de compra y hago las retenciones de lugar.
¿En síntesis? Toda persona que realiza una actividad recurrente debe de registrarse para trabajar bajo el marco de la legalidad. En tu caso, no estás trabando bajo el marco de la legalidad, digo yo.
Bien lo has dicho usted. Esa persona gana por encima de los 800,000.00 osea, que deberían cobrarle de ISR el 25% y solo le están reteniendo un 10%.
Ojo: No puedes regístrate en enero 2020 para declarar el año 2019. Se supone que tu ciclo empezaria en el año 2020.
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Antonito Mt
190 Mensajes
hace 6 años
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