viernes, 18 de septiembre de 2026

NuevaNorma 02-26

Buenas tardes,

De acuerdo con la nueva normativa 02-26, ¿se debe realizar retención del 30% cuando ambas partes son emisores de facturación electrónica, o basta con que solo una de las partes sea emisora de facturación electrónica para que no aplique la retención?

Como ejemplo: si mi empresa es la que alquila un bien y emite facturación electrónica (e-NCF), pero la empresa a la que le facturo no está autorizada para emitir e-NCF o no factura mediante e-NCF, ¿debo realizar la retención correspondiente?


si puedes responderme detalladamente te lo agradecería 

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