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Notas de credito
Quisiera realizarles una consulta para validar el tratamiento correcto de una Nota de Crédito Electrónica emitida luego de los 30 días.
Actualmente, en mi sistema, al momento de crear la Nota de Crédito, se solicita incluir el ITBIS para mantener la información fiscal y contable original de la factura. Sin embargo, al generarse el XML electrónico, este ya transparenta que el ITBIS quedó fuera de fecha mediante la estructura y validaciones correspondientes establecidas
Mi consulta es la siguiente:
Si yo le entrego la Nota de Crédito a mi cliente mostrando el ITBIS incluido en el documento, ¿esto sería correcto para fines fiscales del cliente? ¿O el cliente debería registrar dicha Nota de Crédito en el 606 considerando únicamente el monto sin ITBIS por tratarse de una NC emitida fuera del plazo de 30 días?
Agradecería mucho su orientación para confirmar cuál sería el tratamiento correcto tanto para el emisor como para el receptor.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 20 horas
Buenas tardes, Alba. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, a fin de brindarle una asistencia especializada, envíenos su consulta directamente al correo electrónico: facturacionelectronica@dgii.gov.do especificándonos su RNC/Cédula, un número de teléfono (por si es necesario contactarle), a fin de que podamos realizar las verificaciones de lugar y brindarle la asistencia requerida.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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