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NOTAS DE CREDITO
Cuáles son los efectos al realizar una nota de crédito fuera del periodo que corresponde, es decir, si a una factura de enero le realizo una nota de crédito en marzo?
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Cuáles son los efectos al realizar una nota de crédito fuera del periodo que corresponde, es decir, si a una factura de enero le realizo una nota de crédito en marzo?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 años
Buenas tardes, Yosi. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, acorde a lo establecido en los Arts. 8 y 28 del Reglamento 293-11 de Aplicación del Título III del CT sobre el ITBIS, para que surta el efecto de cancelar una facturación, el proveedor debe hacer constar mediante la emisión de una Nota de Crédito (NCF del Tipo B04) que contengan la fecha del hecho, el precio e impuesto restituido (aplica si este NCF se confecciona dentro de los 30 días posteriores a la facturación inicial, si pasa de los 30 días debe emitir sin ITBIS), conforme a las disposiciones del Decreto 254-06 que promulga el Reglamento para la Regulación de la Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes Fiscales.
Asimismo, le indicamos que, cuando existan notas de crédito con más de treinta (30) días de emitidas de la fecha de facturación original y estas afecten las operaciones del periodo de marzo, el valor de las mismas debe colocarse nuevamente en la casilla 9 de “Otras Operaciones Positivas” de su Anexo A con el objeto de neutralizar su efecto negativo en operaciones donde se ha cobrado el ITBIS, por lo que, de esta forma los ingresos gravados de la Casilla 10 del IT-1 de marzo 2023 no se verá afectado.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
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