JC

jueves, 22 de agosto de 2024 16:30

Cerrado

Normatividad sobre el IPI

Buen día

Cuál es la normatividad vigente que regula el impuesto al patrimonio inmobiliario?

Gracias

Solución oficial

Buenas tardes, Julio. ¡Gracias por contactarnos!


EL monto del patrimonio inmobiliario de las personas físicas es ajustado anualmente por inflación. Para el año 2024 se encuentra exento del pago de IPI hasta el monto de RD$9,860,649.00.

 

Ley 18-88, Art. 2 modificado por el Art. 14 de la Ley 253-12, Art.14.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

60 Mensajes

Muchas gracias, una consulta adicional, en qué parte de la norma se establece que el plazo máximo para pagar las cuotas debe ser el 11 de marzo y el 11 de septiembre.

Buenas tardes, Julio. ¡Gracias por contactarnos!

 

En referencia a las fechas de presentación de la declaración y pago del IPI, puede consultar la Ley 18-88, Art. 4 y 7.

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.