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Norma 5-19 Sustitucion Comprobante Proveedor Informal por Comprobante de Compra
Saludos. Segun la norma 5-19 el comprobante fiscal de proveedor informal queda sustituido por el comprobante de compras. En este sentido tengo dos preguntas:
1ro ¿Se sigue la misma secuencia que teníamos del NCF Proveedor Informal, y solo se le cambia el título por Comprobante de Compra? ¿O debemos solicitar una nueva secuencia y dejar la anterior en desuso?
2do ¿Como se debe manejar el caso de servicios por parte de proveedores informales, que ya estaban en curso, y que se concuyó en fecha posterior al 8 de Abril 2019 (fecha de entrada en vigencia de la norma)? Tengo dos casos de reparaciones de vehiculos en esta situacion. Los servicios se iniciaron el 1ro de abril pero fueron concluidos el 9 y 10 de abril. El mecánico aparece registrado en la DGII pero no tiene comprobante fiscal. Le emitimos el comprobante de compra el 9 y 10 de abril pero segun la norma no es admisible. ¿Que debo hacer? Ya le dije al mecanico pero aun no se ha acercado a la DGII.
1ro ¿Se sigue la misma secuencia que teníamos del NCF Proveedor Informal, y solo se le cambia el título por Comprobante de Compra? ¿O debemos solicitar una nueva secuencia y dejar la anterior en desuso?
2do ¿Como se debe manejar el caso de servicios por parte de proveedores informales, que ya estaban en curso, y que se concuyó en fecha posterior al 8 de Abril 2019 (fecha de entrada en vigencia de la norma)? Tengo dos casos de reparaciones de vehiculos en esta situacion. Los servicios se iniciaron el 1ro de abril pero fueron concluidos el 9 y 10 de abril. El mecánico aparece registrado en la DGII pero no tiene comprobante fiscal. Le emitimos el comprobante de compra el 9 y 10 de abril pero segun la norma no es admisible. ¿Que debo hacer? Ya le dije al mecanico pero aun no se ha acercado a la DGII.
Solución oficial
Beatriz De La De La Rosa
1.2K Mensajes
hace 5 años
En otro orden, el “Comprobante de Compras” sustituye el comprobante de “Registro para Proveedores Informales”, (solo cambió el nombre, el tratamiento sigue siendo el mismo). Por lo que, es obligación de quien emite el comprobante consultar en el portal web de Impuestos Internos que la persona no se encuentre registrada como contribuyente. Cuando Impuestos Internos verifique que el comprobante ha sido emitido a personas registradas como contribuyentes, no será admitido para fines de deducción de Impuestos Sobre la Renta (ISR) ni del Impuesto sobre Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS).
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Solución oficial
Beatriz De La De La Rosa
1.2K Mensajes
hace 5 años
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Rafael Amparo
910 Mensajes
hace 5 años
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Devorah Velazquez
2.6K Mensajes
hace 5 años
Todo comprobante que emita a partir del día 8 debe llamarse comprobante de compras. Si es que los tuyos están impresos debes llamar a fiscalización para ver qué puedes hacer para sustentar tus gastos de esas fechas posteriores a su aprobación , porque no tienes bara måjica para cambiar nombres a los comprobantes y los gastos están ahí, incurridos. A menos que la dgii te diga que postergues esos pagos por los cambios de las leyes.(que me parece es lo que te dirå).
Los comprobantes de proveedor informal solo cambian de nombre, todo sigue igual.
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J p
24 Mensajes
hace 5 años
Importante: Si posee Comprobantes Fiscales Registro para Proveedores Informales podrá utilizarlos hasta que se agoten o venzan, pero debe aplicar la retención del 100% del ITBIS como lo establece la Norma General 05-2019.
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Eddie Rosario
9 Mensajes
hace 5 años
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Ryan Smith
293 Mensajes
hace 5 años
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