11 Mensajes
NORMA 08-04
Buenas Tardes,
Le escribo por que tengo una duda con respecto a la rentencion del 2 corresponde a la base o subtotal de la factura o es al mismo itbis retenido y el monto a transparentar en el IT-1 es el total retenido en las ventas de totales por tarjeta de credito.
Saludos Cordiales
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
2.2K Mensajes
hace 24 días
Buenas tardes, Luis. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, las empresas de adquirencia o adquirentes, agregadores de pago y entidades de pagos electrónicos, deben fungir como agentes de retención y percepción del Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), en las transacciones pagadas mediante tarjetas de crédito, tarjetas de débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico, en los siguientes casos:
Importante:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.1K Mensajes
hace 28 días
Buenas tardes, Luis. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su solicitud, le informamos que, para poder ayudarle debe especificarnos mejor su consulta o requerimiento; a fin de que podamos entenderle bien e informarle de manera concreta y correcta.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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