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viernes, 3 de junio de 2022

Cerrado

Norma 06-2013 Consulta

Una empresa que este dedicada a las ventas de vehículos automotores, nuevos y usados, y que de acuerdo a la norma general Sobre Regulación de Traspasos y Endosos en las Transferencias de Vehículos de Motor Nuevos y Usados Norma 06-2013., Según la norma debemos facturar sola comisión (margen de beneficio), o el monto total con el costo exento y el margen de beneficio grabado?, favor de aclararnos estas inquietudes para los fines de nuestros cumplimientos fiscales, considerando el tipo de activad, y con la finalidad de estar acorde con la base legal aplicada

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Oficial

Buenas tardes Yokasta. Gracias por contactarnos.

 

De acuerdo a la Norma General 06-13, todos los endosos de motocicletas realizados dentro del primer año de importación, tomarán como referencia al valor CIF. Este será el valor mínimo que se aceptará en la factura presentada. Mientras que los endosos realizados posteriores al primer año de importación tomarán como referencia el valor contenido en la tabla de motocicletas. Este será el valor mínimo que se aceptará en la factura presentada.

 

Si los contribuyentes entienden que el valor proporcionado es alto y no se corresponde con el valor de la venta, el encargado de los Personalizados debe enviar una solicitud de revisión de valor a la unidad de valores, anexando la factura. La unidad de valores estudiará el caso y ajustará el valor si así corresponde.

 

Importante:


Siempre será tomada en cuenta la fecha de la factura para determinar el momento en que ocurrió la venta. Es decir, si el contribuyente se presenta con una factura que se encuentra dentro del año de importación, pero la fecha del endoso es posterior al año de importación, entonces se utilizará la fecha de la factura y se tomará el valor CIF como referencia.

 

Para detalles del cálculo, le recomendamos comunicarse con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Para conocer a cuál administración local pertenece puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.