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miércoles, 10 de abril de 2019

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norma 05-2019 que agregan nuevos numeros de comprobantes fiscales.

Buenos dias, tengo una inquietud y es la siguiente : la nueva norma 05-2019 entra en vigencia, ya que que los comprobantes electronicos son para algunos contrubuyentes autorizados por el momento.  segun vi hoy 10/04/2019 la cual se agregan nuevos numeros de comprobantes fiscales. en su articulo 7 comprobantes de compras y en su articulo 9 de los comprobantes para pagos al exterior. Me gustaria saber si debo solicitar esa nueva secuencia ? y a partir de cuando ?  por otro lado saber si el IT-1 esta adecuado a la nueva norma 05-2019 ? Gracias.

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Solución oficial

hace 6 años

Buenas tardes Salva, te confirmamos que hemos recibido tu inquietud. Estamos verificando toda la documentación relacionada para poder ofrecerte una respuesta en el menor tiempo posible.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Solución oficial

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hace 6 años

Buenas tardes, la Norma General 05-2019 sobre tipos de comprobantes fiscales especiales puesta en vigencia desde el 08/04/2019 no solo introduce los comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) sino también los especiales.

El comprobante de compras (antes llamado Comprobante para Proveedores Informales) no es nuevo, ya que solo se cambió la nomenclatura de dicho NCF. Este continúa con el mismo uso y código (11).

En ese sentido, te informamos que si estas autorizado/a a emitir comprobantes, puedes solicitarlos para utilizarlos de acuerdo al procedimiento descrito en dicha norma, a partir del día de hoy.

El IT-1 está en proceso de actualización y será publicado lo antes posible.

Notas:

• Los comprobantes electrónicos solo están disponibles para algunos contribuyentes autorizados por esta DGII, en fase piloto.
• Los comprobantes de compras y pagos al exterior deben ser remitidos a través del Formato 606.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

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Gracias por su pronta respuesta, en ese sentido como hago pagos al exterior en el 609 tengo que solicitar los NCF ? y ya no irian en el 609 sino en el 606? Favor aclararme ese detalle. Gracias.

hace 6 años

No debe solicitar esos nuevos comprobantes, esta nueva estructura va dirigido para un grupo selecto de empresas que se acogieron al programa piloto de la DGII (Facturación Electrónica).

Ese grupo selecto de empresas son:
1.- Cerveceria Nacional Dominicana, S. A.,
2.- Philip Morris Dominicana, S. A.,
3.- Cemex Dominicana, S. A.,
4.- Compañía Dominicana de Teléfonos, S. A. (CODETEL),
5.- MERCASID, S. A.,
6.- NESTLE Dominicana, S. A.,
7.- Kimberly Clark Dominican Republic, S. A.,
8.- Banco Popular Dominicano, S. A.,
9.- Centro Cuesta Nacional, S. A.,
10.- Distribuidora Coorripio, S. A., y
11.- Cartones Del Caribe, SAS,

Conclusión, en la actualidad tendremos dos modalidades o estructuras de NCF; existe la posibilidad que si el programa piloto resulta beneficioso, en ese sentido desaparezca la estructura de NCF anterior a la estructura de NCF de la facturación electrónica.

Sin otro particular, se despide

Cortésmente,


Luis Felipe

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Buenas tardes Luis, gracias. Eso que que me explicas ya lo sabia que por el momento la estructura de comprobantes electronicos (e-CF) solo podran emitirlo los que previamente hayan sido autorizados. A lo que me referia es sobre los comprobantes de compras que sustituyen alos de proveedores informales y los comprobantes de pagos al exterior. En este último si debo solicitar secuencias y se irian en el 606 o agregarian tra casilla en el 609 para colocarlo. Gracias.

1.- Los NCF de compras y de pagos al exterior tendrán el mismo tratamiento, serán registrados respectivamente en los Formatos 606 y 609, este último con la incorporación del NCF el formato 609 será modificado en su momento.

2.- Como podemos observar en la Norma General 05-2019 los NCF de compras y de pagos al exterior se deben solicitar de forma inmediata como lo establece el párrafo III del Art. 7 / Norma General 05-2019.

A continuación comparto un fragmento de la Norma General 05-2019

Comprobantes de Compras que Sustituyen los NCF de Proveedores Informales

Artículo 7. Del Comprobante de Compras. Se entenderá comprobante de compras, aquellos comprobantes emitidos por las personas físicas y jurídicas cuando adquieran bienes o servicios de personas no registradas como contribuyentes. La factura sustentada en un comprobante de compras deberá contener el formato indicado en la Norma General núm. 06-2018.

Párrafo I. Es obligación del emisor del comprobante fiscal verificar en el portal web dispuesto por la DGII a tales fines, que la persona sobre la cual se emite el comprobante no se encuentre registrada como contribuyente ante la DGII. Cuando la DGII verifique que el comprobante ha sido emitido a personas registradas como contribuyentes, no será admitido para fines de deducción del Impuesto Sobre la Renta (ISR) ni del Impuesto sobre Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS). 7

Párrafo II. La retención del cien por ciento (100%) del valor del ITBIS facturado aplicará en todos los casos en que se emita este tipo de comprobante.

Párrafo III. A partir de la entrada en vigor de la presente Norma, el comprobante de compras sustituye el comprobante fiscal de proveedor informal.

Artículo 16. Entrada en vigencia. Las disposiciones de la presente Norma General entrarán en vigencia de manera inmediata.

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Gracias Luis.