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lunes, 3 de febrero de 2025 17:57

Cerrado

No puedo presentar declaración de Gastos Educativos

He cargado todos los gastos educativos, y al hacer clic en el botón "Presentar" presenta el siguiente mensaje: "No puede presentar la declaración". Favor indicarme que puede estar pasando

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Hugo. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su solicitud, le informamos que, esta alerta se genera debido a que presenta una de las siguientes situaciones:

 

  1. Tiene ingresos reportados por terceros superior al límite establecido.
  2. El saldo a favor generado excede el ISR pagado por el empleador en los últimos 6 meses.
  3. No laboró el año completo en la empresa y actualmente no se encuentra laborando.

 

En este caso, debe registrar los gastos en el panel de gastos educativos hasta el paso 4 y luego presentar el IR-1.

 

Para realizar el envío del IR-1 a través de la opción Declaración Interactiva de la Oficina Virtual, debe seguir estos pasos:

 

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Declaraciones Juradas seleccione la opción Declaración Interactiva y escoja el formulario correspondiente a la Declaración Jurada de Personas Físicas (IR-1).
  3. Digite el Año de la declaración a presentar, en la casilla Mes seleccione Anual y presione el botón Continuar.
  4. Le aparecerá en pantalla el formulario IR-1 y los anexos que debe presentar.
  5. Llene cada uno de los anexos con los valores correspondientes y presione el botón Enviar Documento.
  6. Complete el formulario IR-1 con la información requerida y pulse el botón Enviar Documento.
  7. Imprima su constancia.

Notas:

  • Visualizará los anexos en el orden secuencial en que deben ser presentados. 
  • La declaración IR-1 solo se habilitará después de remitidos los anexos correspondientes.
  • El IR-1 se completará automáticamente con los valores colocados en las casillas vinculadas de los anexos.\
  • En caso de que la presentación de esta declaración sea de manera informativa, es decir en cero, es necesario colocar el valor 0.01 en una de las casillas de ingresos del anexo B y proceder con el envío.

 

 

Consideraciones Importantes:  Puede realizar la presentación de la declaración Jurada anual del Impuesto Sobre la Renta para Personas Físicas (IR-1) hasta el día 31 de marzo de cada año.

 

 

Para realizar su solicitud de reembolso debe realizar los siguientes pasos ‎reembolso del saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) | Comunidad de Ayuda de la Dirección General de Impuestos Internos (dgii.gov.do)

 

Puede conocer todo lo relacionado al proceso de gastos educativos accediendo al siguiente enlace https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/registrados/gastosEducativos/Paginas/default.aspx 

OFV - Dirección General de Impuestos Internos

 

En atención a su caso, le informamos que, esta alerta se genera debido a que el RNC XXXXXXXXX está registrado como Persona Física acogida al Régimen Simplificado de Tributación, por lo que, le corresponde reportar la Declaración jurada de Impuesto sobre la Renta para Persona Física Régimen Simplificado de Tributación Basado en Ingresos RST - RS1

 

En este caso, debe registrar los gastos en el panel de gastos educativos hasta el paso 4 y luego presentar el RS1

 

Para presentar la Declaración Jurada del Régimen Simplificado de Tributación (RST) modalidad de ingresos para Personas Físicas (RS1) debe seguir estos pasos, según sea el caso:

 

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Declaraciones Juradas seleccione Declaración RST.
  3. Pulse el botón Presentar Declaración. El sistema le mostrará la declaración que le corresponde presentar.
  4. Complete el formulario de la declaración a presentar, llenando las casillas correspondientes, haga clic en Aceptar Juramento y luego pulse la opción Enviar.
  5. Le aparecerá una ventanilla indicándole ¿Está seguro de que desea enviar su Declaración Jurada?, pulse el botón Enviar Declaración.
  6. Visualizará en pantalla un número de recepción. Puede imprimir la constancia del envío, pulsando Aceptar y luego Imprimir Constancia.

 

Si resultara un saldo a favor, deberá solicitar el reembolso de dicho saldo de los gastos educativos que reportó a través de la declaración del RST basado en ingresos, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de nuestras Administraciones Locales, los siguientes documentos:

 

  1. Carta de solicitud firmada.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante.       
  3. Certificación de las retenciones declaradas en el Formulario Declaración Jurada del ISR para el Régimen Simplificado Basado en Ingresos (RS1).
  4. Certificación de los ingresos por intereses declarados en el Formulario Declaración Jurada del ISR para el Procedimiento Simplificado Basado en Ingresos (PSI-1), siempre que tenga ingresos por intereses.

 

Consideraciones Importantes:

 

  • La Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta del PST basado en ingresos debe ser presentada a más tardar el último día laborable del mes de febrero de cada año.
  • El monto reconocido como gasto educativo será considerado como ingreso no gravado en la Declaración Jurada de ISR para el RS1.
  • Sólo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria, en los demás casos el reembolso será realizado mediante cheque.

 

 

Puede conocer todo lo relacionado al proceso de gastos educativos accediendo al siguiente enlace https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/bibliotecaVirtual/registrados/gastosEducativos/Paginas/default.aspx    

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

 

hace 4 meses

Hola,

Mi declaración de gastos educativos presenta saldo total a pagar no a favor. Como puedo solucionarlo?

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su pregunta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61217UjWFR

 

Es un placer servirle.

 

Buenas tardes, Rossi. ¡Gracias por contactarnos!

 

Para recibir asistencia sobre su consulta, debe realizar una nueva interacción. En ese sentido, debe seguir los siguientes pasos:

 

Acceda a la Comunidad de Ayuda.

Seleccione la opción “Nueva conversación”.

Digite el título y le da a “Siguiente”.

Podrá verificar las consultas similares, en caso de que desee continuar con la creación de la nueva debe pulsar la opción “Mensaje con este título”.

Seleccione el tipo de conversación, según corresponda.

Digite la descripción del mensaje.

Escoja un sentimiento y las categorías relacionadas.

Finalmente seleccione la opción “Publicar”.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.