martes, 16 de septiembre de 2025

Cerrado

No Presentar una Declaraciones Rectificativas

Al presentar la declaracion rectificativa recibo este error. Voy a pasar por las oficinas, pero alguien sabe a que se debe?

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Solución oficial

Buenos días, Enzo. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para rectificar el IT-1 a través de  la OFV debe cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Que la rectificativa sea para incrementar ingresos gravados, disminuir adelantos o disminuir saldos a favor.
  2. Que el período a rectificar no se encuentre en: Acuerdo de Pago (AP), Cobro Coactivo (CC) o esté marcado con un Recurso de Reconsideración o Recurso Contencioso  (RR o RC).
  3. Que el periodo a rectificar no haya sido rectificado previamente por la administración.
  4. Que la declaración original no haya sido presentada por estimación.
  5. No debe poseer casos de fiscalización interna o externa que afecten el ITBIS en el SECCON y en el CAU y que hayan sido notificados, aunque no coincidan los períodos.
  6. Que los períodos a rectificar no estén prescritos, es decir, que no superen los tres años desde la fecha de vencimiento de la presentación del impuesto.
  7. Que no posea una declaración de amnistía digitada y con estatus OK.
  8. Debe realizar cambios en la declaración, es decir, debe modificar valores.

En caso de cumplir con alguna condición debe rectificar una declaración jurada, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local que le corresponde, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Rectificativa (FI-ADML-012) llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].
  2. Formulario de la declaración jurada que se desea rectificar en original y copia, llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado].
  3. Documentos que soporten la solicitud de rectificativa.
  4. Carta de autorización firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada] (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

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Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

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