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martes, 5 de noviembre de 2024 15:30

Cerrado

No me devuelven el itebis en comercio

Buenas, estoy realizando una devolución de un artículo porque el mismo esta averiado, me indican en el comercio que el monto pagado de itebis no será devuelto porque es retenido por DGII luego de 30 días, debido al proceso de facturación electrónica implementado.

Debo pagar nuevamente el itebis?

Quien me reembolsa ese itebis de un artículo que no me funciona?

Solución oficial

Buenas tardes, Fernando. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, informamos que, las devoluciones realizadas después de los 30 días no permiten considerar el ITBIS. En consecuencia, la empresa deberá emitir la nota de crédito únicamente por el valor del bien, excluyendo el ITBIS.

 

Base legal: Decreto 293-11 art. 8 y 28.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

Es un placer servirle.