miércoles, 8 de julio de 2026

NCF para zonas francas en compras y servicios gravados

Buenas Tardes 

Tengo entendido que a las zonas francas se le debe facturar con el tipo de NCF E44, que son los comprobantes designados para este tipo de empresas por poseer la exención de itbis. Sin embargo, existe una resolución del Consejo Nacional de Zonas Francas que especifica algunas compras y servicios que están gravadas para zonas francas por no estar relacionadas con las operaciones del negocio. En ese sentido, que tipo de NCF se debe usar cuando se facturen a zonas francas servicios gravados?, teniendo en consideración que por esto no dejan de entran en esa clasificación (zona franca) y por ende la DGII establece que su tipo de NCF es E44. 

Este tema es muy ambiguo, hemos recibido diferentes opiniones al respecto, ya que el tipo de comprobante debería determinar a que tipo de empresa se le esta facturando, (ej. E31 Crédito fiscal, E44 zona franca, E45 Gubernamental, E46 Internacional) no si la transacción esta gravada o no, por ende necesitamos una respuesta clara y sustentada para poder despejar todas las dudas al respecto. 

Agradeciendo de antemano su colaboración. 

Saludos,  

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Solución oficial

Buenas tardes, Katty. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que los Comprobantes para Regímenes Especiales (E44) "son aquellos comprobantes utilizados para facturar las transferencias de bienes o prestación de servicios exentos del ITBIS y/o ISC a las personas físicas o jurídicas acogidas a regímenes especiales de tributación mediante leyes especiales, contratos o convenios debidamente ratificados por el Congreso Nacional", según la el artículo 3 de la Norma General 05-19. De modo que, en los casos en los que no corresponda hacer uso de la exención, no aplicará este tipo de comprobante. En su defecto, podrá facturar empleando el comprobante E31.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

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Es un placer servirle.

hace 6 días

Hola, si esta grabado por no ser relacionado a la actividad de la empresa debe ser E31 y para facturar con E44 deben tener el carnet de Exencion al día.