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miércoles, 19 de junio de 2024 15:53

Cerrado

NCF ELECTRONICO RETENCIONES ENTRE PERSONAS JURIDICAS

Saludos,

por favor, nos interesa aclarar los siguientes puntos sobre las facturas Electronicas.

las facturas Electronicas aplican para retención del 30% ITBIS?

si como empresa emito comprobantes electrónicos a otra empresa, y el servicio que brindo aplica para la retención del 30% del ITBIS, como se reportan estas retenciones en los siguientes escenarios:

1- cuando mi venta es de mayo y me pagan en otro mes y me hacen la retención del 30% en el pago, una empresa no emisora de comprobante electronico, como reporto esa retención?

2- Cuando mi venta y la retención son del mismo periodo.

3- Cuando la venta se realizo antes de la empresa ser emisor de comprobantes electronicos,es decir con un comprobante B01 y me pagan con retención y ya soy emisor, como reporto la retención realizada por el tercero?

Solución oficial

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, las facturas a crédito se deben reportar de la siguiente manera:

 

Formato 606

 

Emisión de la factura: remitir la factura en el formato 606 correspondientes al periodo según la fecha de emisión de esta, eligiendo en la columna Forma de pago: compra a crédito. En este caso no debe completar los campos Fecha de Pago, Retención ITBIS, Tipo de Retención y Monto Retención Renta.

 

Pago de la factura: solo cuando existe retención se debe reportar la factura nuevamente en el periodo correspondiente al pago de la misma, completando además los campos Fecha de Pago, Retención ITBIS, Tipo de Retención y Monto Retención Renta, de acuerdo a la retención realizada.

 

En ese mismo orden, con relación a la tercera pregunta, en caso de que facture con un comprobante B01 y cuando le realicen el pago ya es emisor electrónico, realiza su reporte del formato indicando la retención que le realizaron.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

Buenas tardes. ¡Gracias por contactarnos!

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: https://acortar.link/827H4U

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

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