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Multas Por Facturar sin ITBIS a clientes sin carta de exencion
Buenas Tardes Estimados.
Tenemos una inquietud respecto a las multas por facturar sin Itbis a Clientes que no tienen carta de exención:
Cual seria la multa?
Como se calcula?
Espero su respuesta.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 5 meses
Buenas tardes. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, la sanción aplicable es de una multa de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos. También se aplicarán sanciones accesorias tales como: la suspensión de concesiones, privilegios, prerrogativas y ejercicio de actividades, según la gravedad del caso. En caso de incumplimiento del deber de remisión de información a la Administración Tributaria, además podrá aplicarse una sanción de unos cero puntos veinticinco por ciento (0.25%) de los ingresos declarados en el periodo fiscal anterior.
En ese mismo orden, para la administración tributaria determinar el monto exacto de la multa evalúa los casos de manera puntual.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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