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multa
buenos días, necesito que por favor me respondan cual es el articulo y ley que dice que por un error en el numero de teléfono que esta en mis documentos para el RNC, yo debo ser multado?
cuando en mis obligaciones tributarias estoy al día.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, María. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, todos los contribuyentes que efectúen cambios en al menos un dato básico de su RNC/Cédula deberán informarlo en la forma y plazos dipuestos por esta Dirección General y de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 14 y 15 de la Norma General 04-21 en consonancia con lo establecido al Art. 50 del Código Tributario (Ley 11-92),
Asimismo, el Art. 34 establece que, el incumplimiento de dicho plazo constituye una falta a los deberes formales, conforme lo establecido en los artículos 253 y 254 del Código Tributario y sancionado con multa de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos según el artículo 257 del citado Código.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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María Felix
69 Mensajes
hace 2 años
No se ha realizado cambios en el RNC, mi inquietud es saber si al haber un error en el numero de teléfono constituye una infracción y cual articulo lo dice. ya que en el registro mercantil no se han realizado cambios desde su constitución.
gracias
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