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Método de valuación de inventario
Existe alguna penalidad para un contribuyente que valúa su inventario por el método promedio ponderado sin la DGII autorizarlo?
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Existe alguna penalidad para un contribuyente que valúa su inventario por el método promedio ponderado sin la DGII autorizarlo?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 19 días
Buenos días, Juana. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, la Administración Tributaria debe autorizar la utilización de otros métodos de valuación distinto al expresado en el art. 303 del Código Tributario, siempre que estén acordes con las modalidades del negocio y no ofrezcan dificultades para la fiscalización. El método aprobado no podrá ser cambiado sin una nueva y expresa autorización de la Administración, a partir de la fecha que esta fije.
En caso de que este utilizando uno distinto, la Administración Tributaria se reserva el derecho de aplicar una multa y/o sanción.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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