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martes, 25 de agosto de 2026

Modoficacion transitoria de la tasa del ISR Art 297

Hola. La modificacion transitoria a la tasa de ISR para los periodos 2026-28 aplicada a las empresas que facturen a partir de mil millones de pesos, ha creado confusion con la nueva casilla 24 del iR-17. Tanto los ingresos como la casilla 24 hacen referencia a mil millones. Por esto, deseariamos que nos aclaren cunando es que se debe aplicar la retencion del 30% por servicios del exterior?

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Solución oficial

Buenos días, Benito. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que corresponderá la aplicación de la retención del 30% a los pagos efectuados al exterior, por concepto de Impuesto Sobre la Renta, solo en los casos en que los pagos que realice sean por montos iguales o mayores a los mil millones de pesos dominicanos. 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

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