miércoles, 18 de febrero de 2026

Modificación NCF electrónico

Buenas tardes,

Es posible modificar un NCF que por error llego a la DGII con otro RNC, es decir, una vez aceptado ese NCF en la plataforma de la DGII con ese RNC erróneo se puede modificar.

Oldest First
Selected Oldest First

Oficial

Buenas tardes, Nahomy. Disculpe la demora.

 

En atención a su consulta, le informamos que el RNC de un comprobante electrónico no puede ser modificado parcialmente a través de una nota de crédito, por lo que el comprobante tendría que ser anulado totalmente para proceder a la emisión de uno  nuevo con la información correcta.

 

En caso de haber pasado más de 30 días desde la emisión del comprobante, el ITBIS que se haya cobrado en este se perderá, conforme a lo establecido en el Reglamento 293-11, Artículo 8.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Y si aún no he realizado el pago del Itbis, es decir si aún no he declarado esa venta pudiera hacerse una modificación sin que se vea afectado el itbis 

Buenos días, Nahomy. Gracias por contactarnos.

 

De igual manera no sería posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 24 días

No, debe hacer una nota de crédito de anulación y hacer una nueva factura con los datos correctos. 


y si la factura es del 7 de enero, si hago una nota de crédito el itbis se perderá? 

ya realicé el pago del itbis 

Cabe destacar que somos facturador electrónico 

Buenos días, Nahomy. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.