jueves, 29 de junio de 2023 20:55

Cerrado

Mery contreras pilier

si eres una constructora, como se declaran los gastos de las comidas, agua y pago de los obreros de construccion, peajes y lavado de vehiculos

Solución oficial

Buenos días, Mery. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, los pagos realizados a los maestros constructores, obreros y/o ajusteros (documentados o indocumentados) que trabajen dentro de la obra o proyecto en desarrollo, se encuentran sujetos a la retención del 2% por concepto del Impuesto sobre la Renta (ISR) del valor bruto, con carácter de pago definitivo.

 

Dichos pagos se validarán con la retención efectuada, no estarán sujetos a la aplicación del ITBIS y no requerirán la emisión de comprobante fiscal, sino que deberán ser reportados anualmente a la DGII conjuntamente con la declaración del Impuesto Sobre la Renta de forma electrónica, indicando los siguientes datos:

  1. Nombre y cédula de quien recibió el pago,
  2. Fecha de pago
  3. Monto pagado.

Con relación a los demás gastos es necesario que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

  1. Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

Nota: Debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.