JC

jueves, 20 de junio de 2024 14:37

Cerrado

Marco legal sobre no acuerdos de pago para ciertas obligaciones fiscales

Buen día,

Por favor me podrían indicar la norma, reglamento o ley en la que se estipula que los acuerdos de pago no aplican para los siguientes casos: 

  • Anticipos.
  • Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) retenidos.
  • Tarjeta de Turista (TT1).
  • Retenciones de ITBIS por Compañías de Adquirencias (IT3).
  • Impuesto de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos de la República Dominicana.
  • Transferencia Inmobiliaria.
  • Traspaso de vehículo de motor.

Solución oficial

Buenas tardes, Julio. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, los acuerdos de pagos de los impuestos permitidos están a disposición de esta Dirección General. En ese mismo orden, no se permiten realizar acuerdos de pagos debido a la naturaleza de los impuestos indicados.

 

En ese mismo orden, a fin de requerir más detalle de la consulta le recomendamos canalizar la misma en la Administración local la cual corresponde el RNC/Cédula.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: https://acortar.link/827H4U

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

https://acortar.link/VQ0Nhd