viernes, 6 de septiembre de 2024

Cerrado

MARCA DE EXPORTADOR EN LA DGII

Buenos dias

Cual es el proceso que debo realizar para tener la marca de exportador?

Gracias

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Buenas tardes, Violeta. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, Violeta. ¡Gracias por contactarnos!

 

Para asegurar la calidad de la respuesta, por favor especifíquenos con mayor detalle y claridad su pregunta, que bien estará exportando.

 

Nota: Quedamos a la espera de su comentario para dar continuidad a tu consulta. En caso de no recibir respuesta de su parte en un lapso de 24 horas, procederemos con el cierre de su caso.

 

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@Comunidad de Ayuda DGII 8​  exportacion de frutas 

Buenas tardes, Violate. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar la inclusión a un Régimen Especial de Tributación deberá a través de las siguientes vías:

 
Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:
 
  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Solicitudes, seleccione la opción Actualización al RNC.
  3. Complete los apartados del formulario Declaración Jurada para la Actualización de Datos de Sociedades que requieran ser modificados y presione el botón Guardar Cambios en cada apartado que haya agregado información.
  4. En el apartado Otros Tipos de Actualizaciones, coteje la pregunta ¿Desea acogerse en algún régimen especial? elija el tipo de régimen que solicita ser incluido y presione el botón Guardar Cambios.
  5. Coteje la opción Acepto Términos y Condiciones, presione el botón Verificar y Continuar y adjunte los documentos requeridos (en un solo archivo en formato pdf, png o jpg) y pulse sobre la opción Procesar Cambios.
  6. Visualizará en pantalla el número de solicitud para fines de seguimiento, pulse el botón Aceptar.

De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según corresponda:

Régimen Especial de Tributación para Productores de Bienes Exentos y Exportadores
 
  1. Formulario Solicitud de Inclusión a Regímenes Especiales de Tributación (FI-DCRCO-007) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
  2. Copia de la certificación del CEI-RD (aplica en caso de inclusión al régimen de exportación).
  3. Copia de la certificación de ADOEXPO (aplica en caso de inclusión al régimen de exportación)
  4. Soporte de las últimas doce (12) exportaciones (aplica en caso de inclusión al régimen de exportación).
Importante:
Para realizar esta solicitud debe encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tener su Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) actualizado.
La DGII podrá requerir documentos adicionales, según considere necesario.

La marca de productores de bienes exentos (inclusión al régimen especial de tributación) solo se les habilita a los contribuyentes cuyas operaciones sean producir bienes de los establecidos en el Art. 343 del Código Tributario.

Tiempo de respuesta:
  • Régimen de Productor de Bienes Exentos y Exportadores: 15 días laborables para las solicitudes virtuales y 25 días laborables para las solicitudes presenciales.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.