8 Mensajes
MARBETE
Buen día estimados,
Tengo un dealer, y me gustaría saber cual es el tratamiento contable correcto con relación al pago del marbete al momento de sacar la primera placa de un vehículo, debo considerar esta partida como parte de mi costo de importación dentro del impuesto a la primera placa o es un gasto no deducibles.
Gracias anticipadas por su acostumbrada colaboración.
Saludos
Solución aceptada
Solución oficial
Vileysi Soto
502 Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Jose.
Gracias por contactarnos.
Atendiendo su consulta, le informamos que el Impuesto a la Circulación de Vehículos (Marbete) es deducible del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Artículo 7 del Reglamento 50-13.
En otro orden, el gasto por concepto de Marbete debe ser reportado mediante el IR-2, por lo que, a fin de conocer como llenarlo y enviarlo correctamente, le recomendamos consultar con el área de fiscalización de la administración local que le corresponde, ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el llenado adecuado de formatos, formularios, declaraciones juradas y los cálculos que estas poseen.
Para conocer a cuál administración local perteneces puedes comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí:
https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_K5B9P7Q
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle. Jose.
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