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Mantenimiento de Software
Buenas tardes!!
Una empresa que brinde el servicio de manteniminento de software a otra persona jurídica, esta última debe retener el 30% del ITBIS por este servicio?
2) Y si es una persona física la que brinda este servicio, que retención se le debe aplicar?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.9K Mensajes
hace 3 años
Buenas tardes, Cristhian. Gracias por contactarnos.
En ambos casos, no se debe aplicar retención del ITBIS en los casos de arrendamiento, capacitación, actualización y mantenimiento de programas informáticos y software cuando estos servicios sean brindados localmente, ya que por tratarse de bienes intangibles no se encuentran sujetos a la aplicación del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios.
Importante:
También se consideran bienes intangibles los productos digitales consistentes en registro de dominio, arrendamiento de espacios en servidores fuera de la Rep. Dom., archivos, correos, cuentas de correos, certificados ssl, antivirus, etc., por lo que las operaciones realizadas en el mercado local de estos, siempre que no implique la transmisión de un bien corporal, no están sujetas a la aplicación del ITBIS.
Los servicios de soporte, mantenimiento y funcionamiento del software, siempre que sean brindados exclusivamente en ocasión al software vendido o arrendado a su cliente no se encuentran gravados con e ITBIS, ya que se consideran como una prestación asesoría de la venta de un bien exento siempre y cuando sea facturado de forma conjunta con la actualización y renovación de la licencia.
Base Legal: Reglamento 293-11, Art. 4, literales c y d; Circular 10-2021.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61217eo1gt)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61210eo1ga
Es un placer servirle.
(Editado)
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