lunes, 15 de mayo de 2023

Cerrado

MANO DE OBRA ITBIS

los trabajos de mano de obra informal estan exentos de itbis, solo se debe retener el 2% en la factura de proveedor informal?

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Solución oficial

Buenas tardes, Priscilla. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, el servicio de mano de obra es considerado un servicio técnico, cuando efectúe pagos por servicios a personas físicas no registradas como contribuyentes deberá realizar las siguientes retenciones: 

 

  1. ISR: 2% cuando se trate de servicios técnicos (Ej.: albañilería, fumigación, limpieza, carpintería, pintura, ebanistería, plomería, transporte).
  2. ITBIS: las Personas Jurídicas y los Negocios de Único Dueño deben retener el 100% del ITBIS facturado cuando las Personas Físicas le vendan bienes o presten servicios gravados con este impuesto. Reglamento 293-11, artículo 25; Resolución 41-14, artículo 4; Norma 05-19, Art. 7 párrafo II.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61218gXf6G


Es un placer servirle. 



hace 3 años

Entonces como no es un unico dueño no se genera itbis?

Buenas tardes, Priscilla. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que las Personas Jurídicas o Negocio de Único Dueño deben retener a las Personas Físicas un porcentaje del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) cuando realicen transacciones que conlleven dicha retención. 

 

Importante:

·         Las Personas Físicas no se encuentran instituidas por el Código Tributario como agentes de retención, por lo que no deben aplicar retención al efectuar pagos en la venta de bienes o servicios.


Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61218gXfj6

Es un placer servirle.