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viernes, 4 de agosto de 2023 15:23

Cerrado

MANO DE OBRA DE EXTRANJEROS EN EMPRESA AGROPECUARIA

Buen dia, tengo la siguiente pregunta, una empresa Agropecuaria que se dedica a la siembra y cosecha de vegetales y tiene trabajadores de campo que la mayoria son haitianos,   cual es la via o el metodo correspondiente para justificar esos pagos de mano de obra del campo y sustentar sus costos a nivel fiscal? Es permitido declararlo en el IR-17 y hacerle la retencion del 2%?

Solución oficial

Buenas tardes, Eladio. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que a fines de sustentar el gasto deberá emitir un Comprobante de Pagos al Exterior (NCF del Tipo B17) y efectuar la retención del 27% correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR) establecida en el Artículo 305 del Código Tributario, toda vez que la referida retención concierne al impuesto que deberán pagar dichas entidades del extranjero en calidad de sujeto pasivo por obtener rentas de fuente dominicana, al tenor de lo dispuesto por el Artículo 272 del referido Código.

 

Este debe ser remitido a través del Formato 606, en el campo RNC o Cédula debe ser completado con el RNC del contribuyente que emite el comprobante y no se debe incluir la retención del Impuesto Sobre la Renta. Asimismo, debe estar sustentado en el Formato 609 debe colocar el Número de Identificación Tributaria (NIT) del país de origen de su proveedor y la retención efectuada.

 

Esta última debe ser liquidada y pagada a través de la Declaración Jurada y/o Pago de Otras Retenciones y Retribuciones Complementarias (IR-17) en la forma definida por esta Dirección General y la legislación fiscal vigente a más tardar el día 10 del mes siguiente al que se realice el pago.

 

Asimismo, hacemos constar que, el tratamiento tributario que nos indicó es aplicable únicamente al sector construcción.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)