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Los bienes recibidos como pago en naturaleza, deben pagar los impuestos de transferencias de igual manera??
Como profesional de la Agrimensura, se nos ofrecen pagos en naturaleza; en ese orden, deseo saber si los bienes recibidos en pago, mediante un contrato de trabajo con pago en naturaleza, deben pagarse los impuestos de transferencia de igual manera?
Donde esta establecido esa parte, Ley y Articulo?
Gracias anticipadas!!
Donde esta establecido esa parte, Ley y Articulo?
Gracias anticipadas!!


Solución oficial
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hace 6 años
Se encuentran exentos del pago del Impuesto sobre Transferencia Inmobiliaria:
El Estado y sus dependencias, las iglesias e instituciones religiosas, las instituciones dedicadas exclusivamente a fines culturales o benéficos reconocidas por el Gobierno, y de los estados extranjeros en cuanto a los inmuebles donde estén radicadas sus embajadas o legaciones. (Ley 831-45, Art. 10).
Los inmuebles adquiridos mediante préstamos otorgados por entidades de intermediación financiera y el valor del inmueble sea inferior a RD$ 1,657,602.00. (Ley 173-07, Art. 7, Párrafo I).
Para más información, te exhortamos a solicitar una consulta tecnica y puedas obtener una repuesta vinculante relacionada a tu inquietud. En ese sentido, debes depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Importante: el consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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