MM

sábado, 19 de noviembre de 2022 15:03

Cerrado

LIMETE DE VALORES IMPRESORA FISCALES

UNA IMPRESORA FISCAL NO ADMITE  MONTOS SUPERIORES A 9,999,999.99, EN CASO DE QUE SE REALICE UNA VENTA DE UN MONTO MAYOR, CUAL SERIA EL PROCESO A SEGUIR PARA EMITIRLA Y REPORTARLA?

This conversation is no longer open for comments or replies and is no longer visible to community members.

Solución oficial

Buenos días, Mayelyn. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, al facturar varios artículos que superan el valor el límite de facturación de las impresoras fiscales, tiene la alternativa de soportar la transferencia en distintos comprobantes de modo que ninguno sobrepase el monto límite.

 

Asimismo, en caso de sustentar la transacción en un único Número de Comprobante Fiscal (NCF) deberá solicitar autorización para facturar fuera de la solución fiscal depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de Información de la Administración Local más cercana el siguiente:

  1. Comunicación firmada explicando la transacción presentada (en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).

Importante: Una vez obtenga la autorización por parte de esta Dirección General, las ventas que hayan sido facturadas fuera de la solución fiscal deben ser remitidas a través del formato 607 de manera complementaria.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.