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miércoles, 11 de enero de 2023 01:29

Cerrado

LICITACION DE TRABAJO

soy una constructora y le cotice un trabajo a agricultura, como tal me rijo por la norma 07-2007. por que en este caso no procede?

Solución oficial

Buenos días, María. Gracias por contactarnos.

 

Para asegurar la calidad de la respuesta, por favor especificarnos con mayor detalle y claridad su consulta y a que se refiere al indicar que no procede, de manera que podamos brindarle la asistencia requerida.

 

Importante: quedamos en espera de sus aclaraciones para poder validar la información. En caso de haber transcurrido un tiempo mayor a 24 horas, lamentablemente tendremos que cerrar su pregunta y deberá crear una pregunta nueva en la Comunidad de Ayuda.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61218esqPe

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66 Mensajes

hace 2 años

Buenas noches, como constructora la cual es mi actividad económica estoy regida por la norma 07-07. La cual especifica que el cálculo de mi itbis es en base al 18 del 10 de mi total. 
pero en licitación me están trabajando como una actividad normal no por la norma 07-07.  
podría aclararme porque para algunos es en base al 18 del 10. Y para agricultura no ? 

Buenos días, María. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su inquietud, le informamos que, las disposiciones incluidas en la Norma 07-2007 le son aplicables únicamente al sector construcción, por lo que, si es un contratista o subcontratista y realice trabajos de construcción y dichos trabajos incluyan materiales, equipos o piezas de la construcción, la facturación del 16% del ITBIS se aplicará sobre el 10% del monto total de los trabajos facturados. El ITBIS facturado de esta manera, estará sujeto a la retención del 100% si quién factura es una Persona Física y de 30% si quién factura es una Persona Jurídica. 

 

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