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Libro de ventas tras empezar como Facturador Electrónico
Buenos días, el próximo día 04 marzo de 2024 mi empresa va a empezar a trabajar como Facturador Electrónico, supongo que ya desde ese día no tendré que generar el libro de ventas, no? ni entrando en algún momento en estado de contingencia?
Supongo que una vez los generados los sustitutos de los generados en contingencia del tipo B, ya estaría todo controlado no ?
Gracias
TEresa L.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
3.8K Mensajes
hace 11 meses
Buenas tardes, Teresa. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, los contribuyentes pueden estar en contingencia por problemas de conectividad o por otras situaciones que no le permitan emitir e-CF.
• Declararse en contingencia a través de la Oficina Virtual (OFV), utilizando el módulo creado para estos fines.
• Facturar con Comprobantes Fiscales serie B, en vez de e-CF.
• Solucionado el impase, debe notificar la fecha fin de la contingencia utilizando el referido módulo.
• Referenciar los comprobantes fiscales serie B emitidos durante el período de contingencia con comprobantes fiscales electrónicos e-CF.
Si el problema de conectividad es del contribuyente, este deberá declararse en contingencia a través de la OFV, utilizando el módulo creado para estos fines. Una vez solucionado el inconveniente debe enviar los e-CF emitidos a la DGII e indicar la fecha de solución en el referido módulo.
Si el problema de conectividad es de la DGII, el contribuyente continuará emitiendo e-CF normalmente y procederá a enviarlos a Impuestos Internos cuando el servicio esté restablecido. La DGII informará del inconveniente y solución de este, por los canales habilitados para estos fines.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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