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LEY 51-23
Muy buenas tardes y Bendiciones
Quisiera saber si las deudas del 2015 hacia atras por declaración jurada de personas Fisicas (IR-1) entrarían dentro de la barrida tecnólogica de la ley 51-23.
Gracias anticipadas y a la espera de sus comentarios
Slds
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.5K Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Nathalie. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, la prescripción de oficio establecida en la ley 51-23 será aplicada a todas las deudas originadas por obligaciones tributarias declarativas respecto de los siguientes impuestos:
Importante:
Además, La prescripción de oficio establecida en la Ley 51-23 será aplicada de manera automática a todos los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos en la misma, mediante cuatro (4) barridas tecnológicas, las cuales serán realizadas el último día de cada mes. Es decir, no será necesario que el contribuyente realice una solicitud.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Nathalie Amparo
41 Mensajes
hace 1 año
Recibido,muchas gracias.
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