2 Mensajes

miércoles, 1 de julio de 2026

Cerrado

Ley 30-26, Nueva retención efectiva del 3% que modifica el articulo 2 de la norma general 7-07.

Buenos días.

Tengo la información que a partir del 1 Julio 2026, la retención del 2% por oficios técnicos, para a ser un 3%, quiero saber si es correcto?

Por favor.

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Solución oficial

Buenos días, Dayaira. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que la pregunta disponible en esta comunidad correspondiente a este tema ya ha sido actualizada. Le invitamos a consultarla, haciendo clic en el siguiente enlace: CA59 ¿Qué porcentaje del ISR deben retener las Personas Jurídicas a las Personas Físicas en la prestación de servicios?

 

Importante: Los nuevos porcentajes informados en esta actualización se encuentran vigentes desde el 1 de julio de 2026, de acuerdo con lo informado a través del aviso 10-26.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Saludos, 

el enlace no responde con claridad la pregunta 

Buenas tardes, Annie. Gracias por contactarnos.

 

En ese caso, le asistimos con la interpretación:

 

En resumen, la retención de Impuesto Sobre la Renta que se solía calcular aplicando un 2% al monto facturado por servicios técnicos, conforme a lo establecido en el reglamento 139-98; con la entrada en vigencia del artículo 17 de la ley 30-26, se determinará aplicando un 15% al 20% del valor bruto a pagar por el servicio técnico prestado por la persona física.

 

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Buenas tardes, Dayaira. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.

 

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Saludos,

secundo la pregunta de la joven, esperamos su pronta respuesta 

hace 25 días

Saludos , este tema es muy importante. Necesitamos estar seguros que destino tendrá esa retencion  en base al 20% se la presunción definido en el Reglamento 139-98.

hace 21 días

Hay mucha confusión con este tema. La DGII en su comunidad debe contestar más claramente; incluso en sus canales oficiales de Instagram o en la misma página de la DGII deben publicar una tabla que de manera expresa diga: «El % del 10 subió al 15, el % del 2 subió al 3...». Porqué poner a los usuarios a leer leyes, normas y artículos extensos y tan técnicos hace perder tiempo y confunde. Ayúdennos a hacer bien el trabajo. Respondan llano.

(Editado)

Buenas tardes, Bianel. Gracias por contactarnos.

 

Si desea presentar formalmente sus sugerencias o inconformidades acerca de los procedimientos actuales y/o servicios ofrecidos por esta institución, le invitamos a escribir a través del correo vozdelcontribuyente@dgii.gov.do detallando las mismas, a fin de que nuestro Departamento de Experiencia y Aseguramiento de la Calidad les dé el tratamiento correspondiente.

 

Importante: Con esta respuesta esta publicación será cerrada, considerando que la respuesta oficial ya fue emitida y que el consultante principal no ha efectuado un nuevo comentario durante un plazo mayor a 24 horas desde nuestra última respuesta. En tal sentido, en caso de que necesite asistencia con alguna otra duda o consulta respecto a este u otro tema, le invitamos a realizar una nueva publicación detallando la misma.

 

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