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miércoles, 8 de julio de 2026

Ley 25-24. Respuesta de Responsables solidarios en Notificación Electrónica de Irregularidades

Buenas tardes, 

En una Notificación Electrónica de Irregularidades, siempre que el sujeto pasivo haya atendido la misma. ¿pueden los responsables solidarios no atender la notificación sin consecuencias? 

Esto por lo indicado en la Ley 25-24, Art. 11 párrafo VI, literal d) establece que: "El cumplimiento de un deber formal por parte de uno de los sujetos pasivos libera a los demás..." 

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Paola. Gracias por contactarnos.

 

 Así es, siempre que no se trate de un deber que deban cumplir todos y cada uno individualmente.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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