Perfil de Fatima Padilla

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martes, 23 de septiembre de 2025

Cerrado

Leasing Financieros Personas Físicas

Buenas tardes,

Quisiera aclarar lo siguiente:

¿Puede una persona física que se dedica a actividades profesionales independientes (por ejemplo, consultor, asesor, vendedor u otros servicios profesionales) y que presenta su declaración anual del IR-1, descontar de sus impuestos los pagos de leasing de vehículos utilizados en el desarrollo de su actividad económica?

Agradezco su orientación y, de ser posible, la referencia normativa (ley, reglamento, norma o consulta técnica) que respalde la respuesta.

Muchas gracias.

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Solución oficial

Buenas tardes, Fátima. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que sí, los pagos efectuados bajo la modalidad de contrato de Leasing se consideran deducibles del Impuesto Sobre la Renta siempre que los mismos estén destinados para obtener, mantener y conservar renta gravada conforme lo establece las disposiciones establecidas en los artículos 287 del Código Tributario y 15 del Reglamento 139-98.

 

Es necesario aclarar que en el caso en que sea difícil demostrar que el gasto está enteramente destinado al fin indicado en el párrafo anterior o que también se dé un uso personal al vehículo, será necesario que el caso sea tratado con el área de fiscalización de la administración local que le corresponda, quienes le podrán orientar acerca de si podrá deducirse el gasto y en qué proporción, en su caso.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.