Perfil de Giselle Sanchez

lunes, 25 de marzo de 2019 20:19

Cerrado

Las ventas de activos fijos categoría 2 y 3 están gravadas con el itbis?

Saludos, favor ayudarme a respondes estas dos cuestionantes:

1- cuando una persona jurídica vende un bien (activo fijo categoría 2 o 3)  debe reflejar el itbis?.

2- es valido vender un activo fijo solamente mediante un acto de venta, sin emitir factura?

Quedo a la espera y gracias anticipadas por la colaboración.

Solución oficial

hace 5 años

Buenas tardes Giselle, el ITBIS es el impuesto que grava la transferencia e importación de bienes industrializados, así como la prestación y locación de servicios, por lo que, la venta de activos fijos se encuentra gravada con dicho impuesto.

En cuanto a si es o no válido vender un activo fijo solamente a través de un acto de venta, te recomendamos dirigirte al área de Fiscalización Interna de la Administración Local a la que perteneces, a fin de recibir la orientación sobre el procedimiento a seguir.

Importante: Para conocer a cuál Administración Local perteneces, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII al teléfono 809-689-3444 y desde el interior sin cargos al 1-809-200-6060, de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII

2.6K Mensajes

hace 5 años

Quedan gravado, toda transferencia de bienes muebles nuevo o usado ,con itbis.


Leeré el código.

23 Mensajes

hace 5 años

debe emitir una factura con ITBIS para vender un Activo Fijo.

hace 5 años

Buenos días:

1-La transferencia de bienes de activos fijos categoría 2 y 3, debes transparentar el Itibis.
2- Solo el acto de venta no, debes emitir un NCF.

La base legal que establece el Impuesto a la transferencia de Bienes Industrializados y la prestación de Servicios es el artículo 335 del Código Tributario

Los activos fijos se definen como los bienes que una empresa utiliza de manera continua en sus operaciones y no destinado para la venta en el curso normal del negocio, como por ej.: inmuebles, maquinarias, mobiliario, vehículos, entre otros. En ese sentido, le indicamos que si se trata de bienes que han pasado por un proceso de transformación, su venta se encuentra sujeta al pago del ITBIS.