viernes, 17 de abril de 2026

Las ONG y la facturación electrónica.

Las ONG también deben acogerse a la facturación electrónica aún cuando el dinero que reciben es de iglesias en los Estados Unidos y estos no piden factura.

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Solución oficial

Buenos días, Ruth. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, se encuentran obligados a implementar la Facturación Electrónica, todos los contribuyentes, personas físicas y jurídicas, públicas o privadas y entes sin personalidad jurídica domiciliados en la República Dominicana que realicen operaciones de transferencia de bienes, entrega en uso o prestación y locación de servicios a título oneroso o GRATUITO, conforme lo establecido en el Art. 2 de la Ley 32-23.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.