JB

viernes, 16 de febrero de 2024 15:52

Cerrado

Las notas de crédito con ITBIS llevan retención de ITBIS???

Un proveedor está emitiendo una nota de crédito que tiene ITBIS y quiero saber si corresponde hacerle retención a esa factura (la factura es del mes anterior y a la factura se le hizo su retención el mes pasado). 

Solución oficial

Buenas tardes, Janna. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, las notas de crédito son documentos utilizados para realizar modificaciones posteriores venta en las condiciones de originalmente pactadas, es decir, para anular operaciones, efectuar devoluciones, conceder descuentos y bonificaciones, corregir errores o casos similares.

 

 

Hacemos constar que, estas pueden ser emitidas sobre toda factura pagada al contado o pendiente de pago. En caso de haber transcurrido más de 30 días desde la emisión de esta, esta debe confeccionarse sin considerar el ITBIS, conforme lo establecido en el Art. 8 del Reglamento 293-11 que versa lo siguiente: “…las devoluciones de bienes gravados con el ITBIS efectuadas después del indicado plazo de 30 días podrán conllevar únicamente la restitución del precio pagado, sin incluir la devolución del ITBIS”.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.