Perfil de Jane Bernalys Villar Díaz

viernes, 22 de septiembre de 2023 14:22

Cerrado

¿Las facturas emitidas bajo el formato de solución fiscal (impresora fiscal) deben estar oglitatoriamente firmadas y selladas?

Tomando como base las regulaciones 451-08 sobre Facilidades para soluciones fiscales  y 04-14 como  Norma General se define el Sistema de Soluciones Fiscales, quiero saber si se debe exigir que una factura amparada bajo estas regulaciones obligatoriamente, deba estar firmada y sellada  por el cliente, es decir,  por quien emite la  factura, para ser considerada como buena y válida? 

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Jane. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que la firma y el sello no es requerido en las facturas emitidas por las impresoras fiscales. Estas deben contener el formato indicado en la Norma 04-2014, Art. 6.

 

Las facturas emitidas por el o la contribuyente sujeto a la Norma 04-2014 sobre facilidades para las Soluciones Fiscales, deben cumplir con el siguiente estándar de contenido y de formato:

a) Encabezado:

·         RNC del emisor.

·         Razón Social del emisor.

·         Unidad de negocio (opcional, si no se usa se suprime.

·         Dirección de sucursal.

·         Teléfono de la sucursal.

·         Datos de la resolución de autorización para emitir comprobantes de la DGII.

·         Número secuencial generado por la solución fiscal (NIF).

·         Fecha y hora de emisión del documento.

·         Tipo de documento: factura a consumidor final, comprobante válido para fines fiscales o notas de crédito.

·         NCF para consumidor final (si aplica).

·         NCF válido para fines fiscales (si aplica).

·         NCF afectado (si se trata de notas de crédito).

·         RNC/Cédula del cliente o comprador (si aplica).

·         Razón Social del cliente o comprador (si aplica).

 

b) Detalles (hasta 10 líneas por cada ítem):

·         Líneas 1 a la 9 para descripción extendida (opcional para descripciones del producto o servicio, promociones y otras descripciones del producto o servicio).

·         Línea 10 Descripción de ítem vendido o servicio prestado (obligatoria).

·         Valor.

·         “E” para identificar productos o servicios Exentos.

·         Una letra o número para identificar el tipo de Impuesto aplicado al producto o servicio.

 

c) Cierre de Factura:

·         Subtotal:
o ITBIS cobrado.
o ITBIS por tipo de tasa.
o Propina Legal (Si aplica).

·         Total.

·         Medio de pago (efectivo, cheque, tarjeta de crédito, tarjeta de débito, notas de crédito, con bonos o mecanismos de regalos o créditos).

·         Cambio (devuelta).

·         Hasta 40 líneas de comentarios (incluye datos de: cajero, leyenda sobre descuentos, números de artículos, mensajes), según el establecimiento.

·         Repetición de NIF.

·         Serial de la solución fiscal.

·         Versión del firmware.

·         Logo fiscal (ii).

 

Importante:

·         La factura que contenga todas las regulaciones mencionadas en la presente Norma General 04-2014, será considerada como una factura fiscal.

·         Los o las contribuyentes que sean usuarios de soluciones fiscales están obligados a entregar a sus clientes, el documento fiscal (ticket de venta o factura), en el momento inmediato en que se genere la venta.

·         Las facturas emitidas a través de equipos de facturación fiscal no tienen límites de ítems (transacciones).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes. Gracias por contactarnos.

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.


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@Comunidad de Ayuda DGII​ De acuerdo, quedo a la espera.