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las excursiones se le cobra ITBIS?
Saludos, deseo saber si yo vendo excursiones turisticas debo de cobrar el ITBIS o esta exonerado.
Otra cosa si el cliente desea que se recoja en el aeropuerto debo cobrar itbis por este servicio o no? seria como el transporte de taxi o vehiculo privado.
Otra cosa si el cliente desea que se recoja en el aeropuerto debo cobrar itbis por este servicio o no? seria como el transporte de taxi o vehiculo privado.
Solución oficial
R R
4.8K Mensajes
hace 5 años
El servicio de transporte terrestre de personas y de carga estará exento de ITBIS si es realizado por una entidad que se dedique a dicha actividad (que tenga el servicio de transporte como actividad económica principal). Si tu actividad económica principal no es la de servicios de transporte, debes aplicarle ITBIS.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Vladimir Mateo
28 Mensajes
hace 5 años
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