viernes, 6 de marzo de 2026

Las compra de flores lleva ITBIS o alguna retención

Las  compra de flores lleva ITBIS o alguna retención

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Solución oficial

Buenos días, Carmen. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que la venta de flores se encuentra gravada con el ITBIS siempre que las mismas hayan sido sometidas a un proceso de industrialización, en cuyo caso solo aplicará retención dependiendo de la condición del proveedor, por ejemplo, que sea un proveedor informal o que esté acogido al RST.

 

En la venta de bienes no se debe aplicar retención de renta, con excepción de las compras efectuadas por entidades estatales, por lo que esta retención no tendría que efectuarse a menos que una entidad estatal esté comprando las flores.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.