Perfil de Albert Rodriguez

lunes, 29 de julio de 2019 17:48

Cerrado

La Personas físicas debemos declarar los ingresos por el metodo percibido

La Personas físicas debemos declarar los ingresos por el metodo percibido

Solución oficial

1.4K Mensajes

hace 5 años

Buenos días Albert, las personas físicas imputarán las rentas y los gastos del año fiscal en que hubieren sido percibidas y efectuadas, respectivamente. Ley 11-92; Art. 301.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Solución oficial

1.4K Mensajes

hace 5 años

Buenas tardes Albert, las facturas deben ser remitidas en el periodo en el cual fueron emitidas, así como el pago del impuesto correspondiente.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 5 años

No, el Codigo Tributario establece que el metodo de registro y reconocimiento de ingresos es Devengado. Aunque podrias solicitar el cambio a percibido, pero debes justificar las causas del cambio de metodo de reconocimiento de ingresos(es muy dificil que como persona fisica te acepten el cambio de metodo de reconocimiento de ingresos).

Saludos,

16 Mensajes

hace 5 años


hace 5 años

Wilfredo., tu respuesta confunde mas a la contribuyente. La pregunta es para las personas fisicas. El texto legal compartido, lo establece claro, que estas han de tributar por lo percibido. Solo las personas juridicas tributan por lo devengado. Esto, sabemos que en la practica no se aplica en las auditorias.

1.1K Mensajes

hace 5 años

Hemos recibido su consulta, tan pronto sea posible le estaremos dando respuesta.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 5 años

Es decir, si yo como persona física generó un factura en abril y me la pagaron el mayo, debo presentarla en el it.1 de mayo por que no percibí el pago en abril. ?

16 Mensajes

Debes reportarla en el mes correspondiente.del  IT-1, el codigo en si deja de notar percibidos y efectuados pero dentro del periodo correspondiente al gasto o ingreso deben ser presentados en las fechas correspondientes..
Muchas garcias, pues no hay metodo percibido en ese caso como quiera La debo de presentar. En el mes correspondiente. Y pagar mis impuesto que resulten. Aunque no halla recibido pago