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martes, 2 de mayo de 2023 13:11

Cerrado

La instalacion de camaras CCTV, matenimiento y reparacion de las mismas conllevan retencion de ITBIS Personas Juridicas

Cuando recibo un servicio de instalación, mantenimiento, y/o reparación de cámaras CCTV y el servicio es prestado por una empresa jurídica, al momento del pago, debo hacerle retención de ITBIS? Es decir, este servicio es considerado profesional? Conlleva una retención del 30% del ITBIS?

Solución oficial

Buenos días, Joel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, los servicios de seguridad o vigilancia, así como también el servicio de instalación de cámaras de seguridad se encuentran gravados con el Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 1 año

Gracias; ciertamente se encuentra gravado, pero cuando recibo un servicios por instalación o mantenimiento de dichas cámaras, ese ITBIS conlleva algún tipo de retención al momento del pago?

Muchas gracias

Buenas tardes, Joel. ¡Gracias por contactarnos!

 

Gracias por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

 

¿Desea contestar una breve encuesta para ayudarnos a seguir mejorando su experiencia en la Comunidad de Ayuda? Queremos escucharle, ¡sólo le tomará 1 minuto! http://ms.spr.ly/61212jZw9Y).

 

Agradecemos de antemano sus comentarios, con su apoyo, cada día nos convertimos en una administración más cercana al contribuyente y ciudadano, asumiendo el compromiso de brindar servicios de calidad para ser referentes en transparencia y eficiencia.

 

¡Para nosotros es un placer servirle!

 

Comunidad de Ayuda DGII.

551 Mensajes

@Comunidad de Ayuda DGII 8​ Buenos días!! según norma General 07-09, todas las Personas Jurídicas deberán efectuar la Retención del 100% del ITBIS al prestador de servicios de seguridad y vigilancia. Por ende no son considerados servicios técnicos y si se le retiene el 100% como lo expresa la norma antes citada.

551 Mensajes

hace 1 año

Buenos días!! según norma General 07-09, todas las Personas Jurídicas deberán efectuar la Retención del 100% del ITBIS al prestador de servicios de seguridad y vigilancia. Por ende se le retiene el 100% como lo expresa la norma antes citada.

(Editado)

Buenos días, Cristhian. ¡Gracias por contactarnos!

 

Asi es, los servicios de seguridad y vigilancia son considerados profesionales, sin embargo, la consulta del contribuyente es si un servicio de instalación, mantenimiento, y/o reparación de cámaras CCTV, es considerado como profesional, lo cual, no es lo mismo.

 

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551 Mensajes

@Comunidad de Ayuda DGII 8​ Muchas gracias por su respuesta. Mi inquietud fue por un mensaje que ya fue borrado y que podía confundir, sobre si se le retenía o no el ITBIS. Con su última respuesta esta aclarada la duda.

Que tenga feliz resto del día.

Buenos días, Cristhian.

 

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