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martes, 11 de febrero de 2025

Cerrado

La facilidad para la transferencia de propiedad Inmueble de la norma 03-24.

Buenas tardes, 

En mi caso tengo un inmueble que compre año 2007 y está pendiente de transferir tengo que pagar los recargos e intereses del tiempo que ha transcurrido hasta fecha del año 2025 ó como se registrará en la fecha que se realizó solo tengo que pagar el impuesto que corresponde 3%.  (Si el descargo se registrará la fecha en que se llevó a cabo el acto de transferencia de inmueble DGII).  

Gracias Anticipadas 

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Solución oficial

Buenas tardes, Clary. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le recomendamos pasar por el área de tasación de la Administración Local que le quede más cerca con el fin de que le brinde la orientación de lugar.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.